LEGISLACIÓN

Noticias y Tendencias Inmobiliarias

El TJUE declara nulo el acuerdo de clausula suelo impuestos por los bancos

Disposición 7833 del BOE núm. 142 de 2018

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) se ha pronunciado sobre las cláusulas suelo abriendo la posibilidad a los afectados a reclamar el dinero pagado de más cuando firmaron un acuerdo para reducirla o eliminarla sin percibir cantidad alguna de las cobradas en exceso y con la condición de renunciar a reclamar posteriormente por vía judicial.



De esta manera Europa está permitiendo a los afectados recuperar lo pagado de más por la clausula abusiva de su hipoteca cuando la entidad financiera no explicó a los clientes las consecuencias de la firma de este tipo de acuerdos. El TJUE considera este tipo de acuerdos nulos en caso de que la entidad financiera no explicara a los afectados por las cláusulas suelo las consecuencias de su firma.

Todaesta cuestión prejudicial ha surgido como consecuencia de "la doctrina vacilante que ha ido dictando el Tribunal Supremo desde octubre de 2017 sobre estos acuerdos (o novaciones). Nuestro Tribunal Supremo se ha pronunciado al respecto y ha puesto de manifiesto en sus últimas sentencias que dichos acuerdos tenían plena validez.

Ahora el TJUE estima que se trata de acuerdos nulos cuando el hipotecado no haya recibido la información suficiente sobre las consecuencias que se derivan de la renuncia.

Además el TJUE aclara que la renuncia a acciones por controversias futuras es nula.

El resumen de la última sentencia del TJUE sobre las cláusulas suelo dice que: "si no ha habido información previa contractual, de carácter obligatorio por parte del banco, y el consumidor ha prestado su consentimiento libre e informado, la cláusula ha de reputarse nula. Por tanto, a las cláusulas novadas, se les debe de aplicar el mismo criterio de transparencia que a las cláusulas suelo iniciales o que a cualquier cláusula abusiva".

¿Por qué antes el Supremo daba validez a estos acuerdos?

El Tribunal Supremo daba validez a estos acuerdos porque los consideraba transacciones y no novaciones, es decir, considera que una transacción es un documento que pone fin a una controversia previa y una novación no. Ahora el TJUE no da validez a esta afirmación.

Recordemos que el TJUE declaró abusivas las cláusulas suelo en 2016  siempre que no se cumplieran los criterios de transparencia  es decir que se pueda bajar la cuota hipotecaria al descender el Euribor, respecto a las cláusulas suelo.

Mas info: https://www.inmonews.es/el-tjue-declara-nulo-el-acuerdo-de-clausula-suelo/